Esta es la base nacional: se aplica en toda la costa de España. Las comunidades autónomas añaden sus propias normas y cifras — están en las fichas de abajo.
La pesca submarina requiere licencia recreativa submarina. No la emite el centro federal, sino la comunidad autónoma costera, y es una licencia independiente, diferente a la de pesca recreativa con caña.
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🫁Solo a pulmón libre
Se permite cazar solo en apnea. El equipo de buceo autónomo y cualquier aparato de respiración subacuática están prohibidos — no se puede ni llevarlos a bordo simultáneamente con el fusil.
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☀️Solo de día
La caza nocturna está prohibida — desde del ocaso al orto. La caza es solo durante el día.
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🔦Sin luces artificiales
Se prohíben las luces artificiales para atraer peces. Se permite una linterna manual.
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🛟Boya obligatoria
Cada cazador debe marcarse con una boya visible y no alejarse más de 25 m (0,013 millas náuticas). Así las embarcaciones pueden verlo.
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📏100 metros de personas
El mínimo nacional es no acercarse menos de 100 m de playas y zonas de baño. Muchas comunidades autónomas requieren más (200–250 m) — consulte la ficha de su comunidad.
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⚓No en puertos
Se prohíbe la caza en puertos, sus aguas interiores y canales de acceso.
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🎯Fusil solo en el agua
No se puede sacar el fusil cargado del agua ni mantenerlo cargado cerca de personas. Esta es una norma de seguridad básica en todas las comunidades.
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📐Tallas mínimas
Se aplican tallas mínimas. Si captura una menor, debe soltarla. La tabla de tallas aparecerá en otra sección del sitio.
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🚫No en reservas marinas
En las reservas marinas la pesca submarina está totalmente prohibida — estas son las zonas rojas del mapa. Las multas se cuentan en decenas de miles de euros.
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🐙Especies protegidas
No se pueden capturar especies protegidas. Algunas comunidades autónomas prohíben además el pulpo, erizos de mar, anémonas y moluscos bivalvos — compruebe los listados locales.
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📄 Normas para toda España
Se requiere licencia
No se puede practicar la pesca submarina sin una licencia válida de pesca submarina — no es la misma que para la pesca de orilla o desde embarcación. La competencia la tienen las comunidades autónomas: el estado traza el mapa de zonas, pero la licencia la emite la comunidad autónoma costera o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Por eso el precio, el plazo y los requisitos de documentación (certificado médico, seguro, a veces licencia federativa para arma) varían de una región a otra — consulta los detalles en la ficha de tu comunidad autónoma abajo. La licencia es personal; debes llevarla contigo en el agua.
Original (texto legal):
licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla
La pesca submarina en España es exclusivamente en apnea (a pulmón libre). No se puede usar equipo de buceo autónomo ni ningún otro aparato que permita respirar bajo el agua. La norma va más allá: la ley prohíbe incluso llevar a bordo de la embarcación simultáneamente equipo de pesca submarina y dispositivos de respiración subacuática — es decir, no puedes «por si acaso» llevar fusil y botellas juntos. Esto cierra cualquier posibilidad de cazar con equipo autónomo, que daría una ventaja muy desleal y vaciaría rápidamente la zona.
Original (texto legal):
Se prohíbe la práctica de la pesca submarina de recreo cuando se lleve a bordo de la embarcación, simultáneamente, instrumentos de captura de pesca submarina y equipos de respiración en inmersión.
La caza submarina solo se puede practicar durante el día. La pesca submarina nocturna — del ocaso al orto — está prohibida en todo el país. La razón es la seguridad y la protección del recurso: por la noche muchas especies duermen en refugios y quedan indefensas, y el cazador con linterna casi no falla. Oriéntate por la hora oficial de puesta y salida del sol para tu zona costera, no «a ojo» — el crepúsculo ya cuenta como noche.
Original (texto legal):
La práctica de esta actividad en horario nocturno, desde el ocaso al orto, está prohibida.
No se puede usar luz artificial para atraer o cegar a los peces: los focos y fuentes luminosas potentes están prohibidos — es una consecuencia directa de la prohibición de caza nocturna y protege contra métodos no deportivos. La única excepción es la linterna de mano (linterna de mano): puedes usarla para iluminarte el camino o para mirar dentro de una grieta, pero no como reclamo. También siguen prohibidos los arpones con punta explosiva, eléctrica o electrónica.
Original (texto legal):
El empleo de instrumentos de captura con punta explosiva eléctrica o electrónica, así como de focos luminosos, salvo las linternas de mano.
Cada buceador está obligado a señalizar su posición con una boya de señalización claramente visible y no alejarse más de 25 metros (0,013 millas náuticas). Se trata de tu seguridad: la boya es lo único que ve el timonel de una lancha o moto acuática sobre ti. En muchas comunidades autónomas se exige que la boya sea de un color específico (naranja, roja o amarilla), a menudo con bandera «alfa» o bandera de buzo. Mantente cerca de la boya y arrástrala mientras te mueves — especialmente cuando cruzas zonas con tráfico de embarcaciones.
Original (texto legal):
Cada buceador deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible, de la que no deberá alejarse un radio superior a 0,013 millas náuticas o 25 metros.
La distancia se mide al punto donde cazas, no a donde entras al agua. El mínimo federal es no disparar a menos de 100 metros de playas y zonas de baño; muchas comunidades autónomas exigen más: Cataluña y Baleares — 200 m, Andalucía — 250 m. En la práctica significa: puedes entrar al agua desde una playa, pero llevas el fusil descargado mientras estés entre la gente y dentro de la zona prohibida; lo cargas y empiezas a cazar solo después de cruzar la distancia, y en el regreso vuelves a descargar aún en el agua. En una playa pequeña y concurrida, incluso el tránsito legal con fusil causa protestas — es más tranquilo entrar desde peñas desiertas cercanas.
Original (texto legal):
Queda prohibido el ejercicio de la pesca submarina a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.
Dentro de puertos, puertos deportivos y canales de acceso la pesca submarina está prohibida — hay tráfico de embarcaciones, amarre y atraques, y un buceador en el agua supone un riesgo directo. La prohibición abarca tanto las zonas de estacionamiento de barcos como los canales de navegación. Varias comunidades autónomas añaden aquí también buffers prohibidos alrededor de acuicultura e arrecifes artificiales.
Original (texto legal):
Queda prohibida la pesca submarina en los canales de acceso a puertos y en el interior de ellos.
El fusil cargado solo entra en el agua y solo cuando estés cazando. No se puede sacar el fusil cargado del agua, mantenerlo cargado en la playa, en la embarcación o cerca de personas — en tierra y en transporte el fusil debe estar descargado. Esta es la regla de seguridad transversal de los decretos autonómicos: el fusil de pesca submarina es un arma, y hay que tratarla como tal. Carga solo cuando ya estés fuera de la distancia de seguridad de personas y listo para disparar.
Para cada especie rige una talla mínima de captura (talla mínima): no se pueden capturar peces por debajo de la norma — si ves que es pequeño, suéltalo. Las tallas se rigen por dos niveles: el Reglamento (CE) 1967/2006 (Anexo III) y el Real Decreto 560/1995 español; donde las normas divergen, se aplica la más restrictiva. Se mide la longitud total, desde el morro hasta la punta de la cola. Los centímetros exactos por especie con referencias a las fuentes — en la sección «Tallas» de este sitio.
Original (texto legal):
Se respetarán las tallas mínimas establecidas en el Real Decreto 560/1995 y en el Reglamento (CE) 1967/2006.
En las reservas marinas (reservas marinas) la pesca submarina está completamente prohibida — son las zonas rojas en nuestro mapa. Dentro de las reservas hay además núcleos integrales con protección máxima, a menudo cerrados incluso a la entrada, y el buceo requiere permiso. Las multas por pescar en una reserva se cuentan en decenas de miles de euros, y el equipo se incauta. Antes de salir, comprueba tu punto en el mapa de zonas — entrar en una reserva no se perdona ni por distancia ni por fusil descargado.
Original (texto legal):
En las reservas marinas está prohibida la pesca marítima de recreo submarina.
Además de las tallas, hay especies que no se pueden capturar bajo ninguna circunstancia. Las especies protegidas están completamente prohibidas — por ejemplo, el molusco mediterráneo Pinna nobilis (nacra) y Lithophaga lithophaga (dátil de mar). Varias comunidades autónomas cierran específicamente el pulpo, los erizos de mar, las anémonas, las holoturias y los moluscos bivalvos a la pesca submarina, y algunas especies (mero, lubina) se limitan a un ejemplar al día. Las listas varían por comunidades autónomas y por estaciones — consulta la normativa local antes de salir.
No se puede practicar la pesca submarina sin una licencia válida de pesca submarina — no es la misma que para la pesca de orilla o desde embarcación. La competencia la tienen las comunidades autónomas: el estado traza el mapa de zonas, pero la licencia la emite la comunidad autónoma costera o las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Por eso el precio, el plazo y los requisitos de documentación (certificado médico, seguro, a veces licencia federativa para arma) varían de una región a otra — consulta los detalles en la ficha de tu comunidad autónoma abajo. La licencia es personal; debes llevarla contigo en el agua.
Original (texto legal):
licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla
🫁 Solo a pulmón libre
La pesca submarina en España es exclusivamente en apnea (a pulmón libre). No se puede usar equipo de buceo autónomo ni ningún otro aparato que permita respirar bajo el agua. La norma va más allá: la ley prohíbe incluso llevar a bordo de la embarcación simultáneamente equipo de pesca submarina y dispositivos de respiración subacuática — es decir, no puedes «por si acaso» llevar fusil y botellas juntos. Esto cierra cualquier posibilidad de cazar con equipo autónomo, que daría una ventaja muy desleal y vaciaría rápidamente la zona.
Original (texto legal):
Se prohíbe la práctica de la pesca submarina de recreo cuando se lleve a bordo de la embarcación, simultáneamente, instrumentos de captura de pesca submarina y equipos de respiración en inmersión.
☀️ Solo de día
La caza submarina solo se puede practicar durante el día. La pesca submarina nocturna — del ocaso al orto — está prohibida en todo el país. La razón es la seguridad y la protección del recurso: por la noche muchas especies duermen en refugios y quedan indefensas, y el cazador con linterna casi no falla. Oriéntate por la hora oficial de puesta y salida del sol para tu zona costera, no «a ojo» — el crepúsculo ya cuenta como noche.
Original (texto legal):
La práctica de esta actividad en horario nocturno, desde el ocaso al orto, está prohibida.
🔦 Sin luces artificiales
No se puede usar luz artificial para atraer o cegar a los peces: los focos y fuentes luminosas potentes están prohibidos — es una consecuencia directa de la prohibición de caza nocturna y protege contra métodos no deportivos. La única excepción es la linterna de mano (linterna de mano): puedes usarla para iluminarte el camino o para mirar dentro de una grieta, pero no como reclamo. También siguen prohibidos los arpones con punta explosiva, eléctrica o electrónica.
Original (texto legal):
El empleo de instrumentos de captura con punta explosiva eléctrica o electrónica, así como de focos luminosos, salvo las linternas de mano.
🛟 Boya obligatoria
Cada buceador está obligado a señalizar su posición con una boya de señalización claramente visible y no alejarse más de 25 metros (0,013 millas náuticas). Se trata de tu seguridad: la boya es lo único que ve el timonel de una lancha o moto acuática sobre ti. En muchas comunidades autónomas se exige que la boya sea de un color específico (naranja, roja o amarilla), a menudo con bandera «alfa» o bandera de buzo. Mantente cerca de la boya y arrástrala mientras te mueves — especialmente cuando cruzas zonas con tráfico de embarcaciones.
Original (texto legal):
Cada buceador deberá marcar su posición mediante una boya de señalización claramente visible, de la que no deberá alejarse un radio superior a 0,013 millas náuticas o 25 metros.
📏 100 metros de personas
La distancia se mide al punto donde cazas, no a donde entras al agua. El mínimo federal es no disparar a menos de 100 metros de playas y zonas de baño; muchas comunidades autónomas exigen más: Cataluña y Baleares — 200 m, Andalucía — 250 m. En la práctica significa: puedes entrar al agua desde una playa, pero llevas el fusil descargado mientras estés entre la gente y dentro de la zona prohibida; lo cargas y empiezas a cazar solo después de cruzar la distancia, y en el regreso vuelves a descargar aún en el agua. En una playa pequeña y concurrida, incluso el tránsito legal con fusil causa protestas — es más tranquilo entrar desde peñas desiertas cercanas.
Original (texto legal):
Queda prohibido el ejercicio de la pesca submarina a menos de 100 metros de lugares frecuentados por bañistas, tales como playas y similares.
⚓ No en puertos
Dentro de puertos, puertos deportivos y canales de acceso la pesca submarina está prohibida — hay tráfico de embarcaciones, amarre y atraques, y un buceador en el agua supone un riesgo directo. La prohibición abarca tanto las zonas de estacionamiento de barcos como los canales de navegación. Varias comunidades autónomas añaden aquí también buffers prohibidos alrededor de acuicultura e arrecifes artificiales.
Original (texto legal):
Queda prohibida la pesca submarina en los canales de acceso a puertos y en el interior de ellos.
🎯 Fusil solo en el agua
El fusil cargado solo entra en el agua y solo cuando estés cazando. No se puede sacar el fusil cargado del agua, mantenerlo cargado en la playa, en la embarcación o cerca de personas — en tierra y en transporte el fusil debe estar descargado. Esta es la regla de seguridad transversal de los decretos autonómicos: el fusil de pesca submarina es un arma, y hay que tratarla como tal. Carga solo cuando ya estés fuera de la distancia de seguridad de personas y listo para disparar.
📐 Tallas mínimas
Para cada especie rige una talla mínima de captura (talla mínima): no se pueden capturar peces por debajo de la norma — si ves que es pequeño, suéltalo. Las tallas se rigen por dos niveles: el Reglamento (CE) 1967/2006 (Anexo III) y el Real Decreto 560/1995 español; donde las normas divergen, se aplica la más restrictiva. Se mide la longitud total, desde el morro hasta la punta de la cola. Los centímetros exactos por especie con referencias a las fuentes — en la sección «Tallas» de este sitio.
Original (texto legal):
Se respetarán las tallas mínimas establecidas en el Real Decreto 560/1995 y en el Reglamento (CE) 1967/2006.
🚫 No en reservas marinas
En las reservas marinas (reservas marinas) la pesca submarina está completamente prohibida — son las zonas rojas en nuestro mapa. Dentro de las reservas hay además núcleos integrales con protección máxima, a menudo cerrados incluso a la entrada, y el buceo requiere permiso. Las multas por pescar en una reserva se cuentan en decenas de miles de euros, y el equipo se incauta. Antes de salir, comprueba tu punto en el mapa de zonas — entrar en una reserva no se perdona ni por distancia ni por fusil descargado.
Original (texto legal):
En las reservas marinas está prohibida la pesca marítima de recreo submarina.
🐙 Especies protegidas
Además de las tallas, hay especies que no se pueden capturar bajo ninguna circunstancia. Las especies protegidas están completamente prohibidas — por ejemplo, el molusco mediterráneo Pinna nobilis (nacra) y Lithophaga lithophaga (dátil de mar). Varias comunidades autónomas cierran específicamente el pulpo, los erizos de mar, las anémonas, las holoturias y los moluscos bivalvos a la pesca submarina, y algunas especies (mero, lubina) se limitan a un ejemplar al día. Las listas varían por comunidades autónomas y por estaciones — consulta la normativa local antes de salir.
Se tramita a través del portal CARM (procedimiento 1865)
Documentos
Según requisitos de CARM — certificado médico y seguro; confirme al tramitar
Distancias y límites
Murcia establece los suyos — consulte la web de CARM
Reservas marinas: Cabo de Palos — islas Hormigas, Cabo Tiñoso.
El portal oficial de CARM está protegido contra bots, por lo que no presentamos cifras concretas como datos verificados. Las normas universales arriba se aplican aquí también; consulte el sitio de CARM para especificidades.
Este es un resumen breve, no un documento legal, y las normas cambian. Consulte la fuente oficial de su comunidad autónoma y el texto del BOE antes de cada salida. La responsabilidad del cumplimiento recae en el cazador.